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jueves, 24 de abril de 2014

Puntos clave para la declaración, por Mercedes Larrinaga Márquez @Mercedes_lm

Puntos clave para la declaración


Quedan muy pocos días para que llegue el 30 de abril: plazo máximo en el que las personas físicas podrán presentar su declaración anual sin ningún tipo de sanción por parte de la autoridad. Al faltar una escasa semana para cumplir con esta obligación, es muy fácil incurrir en errores que pueden entorpecer el proceso. Por esta razón, es muy importante que para hacer la declaración de la forma más eficiente posible se tomen en cuenta ciertos puntos.

Primero que nada, las personas deben contar con su FIEL actualizada. La FIEL es la identificación oficial y funciona como una firma autógrafa para cualquier trámite que se realice en el SAT, su vigencia es de cuatro años, por lo que hay que estar atento de su vencimiento. La primera vez que se tramita hay que ir a las oficinas del SAT, sin embargo, para su renovación se puede hacer a través del portal de internet.

Otro punto que es de suma importancia es que se tengan las facturas que sirvan como comprobante de los ingresos y gastos lo más ordenadas posible, ya que esto ayuda a reducir los errores al momento de realizar la declaración. Es relevante mencionar que estas facturas deben tener ciertos requisitos fundamentales para que sean válidas: tener el RFC de quien lo emite, su domicilio fiscal y el importe del IVA desglosado. Así mismo, no todos los gastos en los que se incurran son deducibles, la deducibilidad debe cumplir con el requisito de que sea estrictamente indispensable para la actividad económica que se realice, es por esto que las mismas deben estar debidamente justificadas. Por ejemplo, los gastos en alimentos en el supermercado, así como las medicinas que se adquieren en farmacias no se pueden deducir. Además, hay que tomar en cuenta que muchas deducciones tienen un tope máximo, por lo que es conveniente asesorarse con un experto en el tema.

Para aquellas personas que sean asalariadas, deben pedir con anticipación en las empresas en las que laboren una carta de retención de impuestos. Si se es un prestador de servicios independientes, se debe verificar que el folio de los comprobantes fiscales esté vigente.

Son muchos los puntos que hay que tomar en cuenta para realizar de forma correcta la declaración anual. Sin embargo, por muy tedioso que pueda resultar el proceso es conveniente cumplir con la obligación, ya que la autoridad ya cuenta con muchos medios para investigar a aquellas personas que incumplan, lo que causaría multas que pueden ir desde 773 hasta 19,321 pesos. La multa varía dependiendo del tiempo que se lleve sin presentar declaraciones, si no se han cumplido con el pago de gravámenes, entre otros delitos. Ésta se puede evitar si la persona decide pagar voluntariamente todos los impuestos debidos más los recargos correspondientes.


Bibliografía




Contaduría al día, por Mercedes Larrinaga Márquez
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miércoles, 23 de abril de 2014

Declaración para personas físicas, por Mercedes Larrinaga Márquez @Mercedes_lm

Declaración para personas físicas, por Mercedes Larrinaga Márquez @Mercedes_lm


Este 30 de abril vence el plazo que tienen las personas físicas para presentar su declaración anual del 2013. Es importante mencionar que las personas obligadas a declarar son aquellas que hayan obtenido ingresos superiores a 400,000 pesos en el año. Estos pueden conformarse por los derivados de salarios que están en nómina, honorarios, renta de inmuebles, préstamos, donativos o premios.

Los empleados pueden hacer una declaración fiscal voluntaria, siempre y cuando hayan avisado a sus jefes antes del 15 de febrero (fecha en la que se presentan las declaraciones informativas ante el SAT). Ejercer esta opción brinda beneficios a los trabajadores, ya que podrán deducir gastos personales y recuperar saldo a favor del ISR. Las deducciones personales que en el ejercicio del 2013 se podrán hacer valer son los gastos en honorarios médicos, hospitalarios y funerarios, los donativos no onerosos ni remunerativos, así como aquellos realizados a la descendencia/ascendencia directa (siempre que no excedan el límite estipulado por la ley), intereses reales de créditos hipotecarios, primas por seguros de gastos médicos, aportaciones complementarias para el retiro, colegiaturas, entre otras.

Cabe resaltar que los cambios derivados de la reforma hacendaria no aplican para esta declaración, ya que la reforma comenzó a ser aplicable a partir del 1 de enero del 2014 y la declaración es del 2013.

No hacer la declaración anual en tiempo y forma puede causar multas de más de 20,000 pesos. Es por esto que, para evitar cualquier inconveniente, es recomendable hacer la declaración con tiempo y no dejarla hasta el último momento. Además, es importante contar con la siguiente documentación a la hora de hacer la declaración:

• RFC.
•Tener las constancias de percepciones y retenciones del ejercicio.
•Declaraciones mensuales al corriente.
•Tener los recibos de honorarios y gastos.
•Contar con la Fiel o una contraseña de acceso a los servicios electrónicos del SAT.
• Clave bancaria estandarizada.
• Comprobantes de los pagos por servicios educativos, entre otras.

Este año el SAT cuenta con una nueva aplicación electrónica denominada Declaración asalariados 2013, por medio de la cual las personas podrán realizar su declaración de una forma más simplificada, ya que requiere de los datos mínimos. En caso de que no hubieran inconsistencias en el llenado de la información, se devolverá el saldo a favor en cinco días hábiles, de lo contrario, el programa generará una línea de captura para poder pagar el impuesto correspondiente en el banco.

Es importante considerar todos estos factores de modo que se pueda optimizar el trámite lo más posible. Tener todos los documentos requeridos, así como los requerimientos propios para el llenado de la declaración, harán más ágil el procedimiento de la declaración anual. Así mismo, contar con todos los papeles que amparen ingresos y gastos y tenerlos en orden ayudarán a que se haga una declaración fidedigna y, en caso de que hubiera alguna discrepancia con el fisco, se tendrá un respaldo que ampare la información declarada.


Bibliografía



Contaduría al día, por Mercedes Larrinaga Márquez
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lunes, 7 de abril de 2014

La fiscalización, por Mercedes Larrinaga Márquez @Mercedes_lm

La fiscalización, por Mercedes Larrinaga Márquez @Mercedes_lm

De acuerdo con el informe anual de gestión del Servicio de Administración Tributaria (SAT), actualizado al cierre de 2013, la recaudación mediante actos de fiscalización, tales como auditorías, revisiones y vigilancias, sumó 118 mil 800 millones de pesos. Esto representa un alza del 19% con respecto al 2012. Gracias a estos montos recaudados, la autoridad elevó su efectividad recaudadora, ya que por cada peso que invirtió en la vigilancia y control de contribuyentes, obtuvo de ellos 43.3 pesos.

Esta recaudación probablemente se verá beneficiada este año debido a los efectos de la reforma hacendaria, principalmente gracias a que ahora el SAT, a través del esquema de Discrepancia Fiscal, va a poder indagar en las cuentas bancarias, tarjetas de crédito e inversiones de las personas físicas, de modo que se pueda comprobar el origen del dinero que se deposita y así comparar si gastan o ganan más de lo que declaran al fisco.

El procedimiento que llevará a cabo la autoridad para determinar la Discrepancia Fiscal consistirá, a grandes rasgos, en lo siguiente:
1. El fisco realizará una investigación de las cuentas bancarias, de crédito e inversiones financieras que las personas tengan registradas o no ante Hacienda.
2. El SAT podrá obtener información de bancos, agencias de viaje, tiendas departamentales, entre otras fuentes para determinar si existe alguna discrepancia.
3. En caso de que hubiera alguna diferencia, la persona física recibirá un oficio a su domicilio fiscal (se considerará el proporcionado a la cuenta bancaria), en el cual se especificarán las fuentes de las que se obtuvo la información.
4. El contribuyente contará con 20 días para comprobar de dónde provienen sus ingresos.
5. Si permanece la incongruencia, el fisco cobrará el impuesto entre lo gastado y lo registrado.
6. Si no se cuenta con RFC, la autoridad inscribirá automáticamente en el régimen al involucrado.

En el caso de amas de casa o estudiantes, que en ocasiones poseen una cuenta bancaria pero no trabajan, deberán comprobar de dónde proviene el depósito. Si se trata de una persona con un empleo formal, deberá detallar si el depósito tiene relación con los ingresos declarados ante Hacienda. Por esta razón, la Prodecon recomienda a las personas llevar un registro sencillo de los gastos e ingresos a sus cuentas bancarias.

Cada vez el fisco impone mayores medidas para evitar la informalidad, además de que ha aumentado la tasa y el número de impuestos. Esta situación ha afectado tanto a personas físicas como morales y esto tiene una consecuencia negativa en la economía del país. Por ejemplo, la inversión extranjera se ha frenado debido a que los cambios fiscales complican la creación de estrategias por parte de las empresas. En el caso de los ciudadanos, restringe el poder de compra y la posibilidad de invertir en un negocio. Es por esto que pareciera que la estrategia fiscal implementada no sería la mejor. El presidente de Forbes Media, Steve Forbes, considera que en México se debería optar por un sistema tributario similar al de Hong Kong, en el cual se ha establecido una sola tasa de impuestos (10%) para todos, de esta forma no habrá tanta evasión fiscal y permitirá un mejor desarrollo de la economía.


Bibliografía

1. SOTO, Gonzalo. Sección Negocios. Reforma. Obtenida el día 2 de abril del 2014, desde http://www.negociosreforma.com/aplicaciones/edicionimpresa/ed_imp_pdf.aspx?pag=1&fecha=20140402&PrefijoSeccion=NEG
2. ALVAREZ, Samantha. Sección Finanzas Personales. CNNExpansión. Obtenida el día 2 de abril del 2014, desde http://www.cnnexpansion.com/mi-dinero/2014/03/31/sat-te-monitoreara-a-traves-de-terceros
3. LARA, Juan Antonio. Sección Economía. El Financiero. Obtenida el día 2 de abril del 2014, desde http://www.elfinanciero.com.mx/monterrey/mexico-debe-bajar-sus-impuestos-forbes.html


Contaduría al día, por Mercedes Larrinaga Márquez
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viernes, 4 de abril de 2014

Migración al CFDI, por Mercedes Larrinaga Márquez @Mercedes_lm

Migración al CFDI


El próximo 31 de marzo no sólo es el último día para presentar la declaración anual, sino que también es la fecha límite para migrar al esquema de CFDI. El CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) es el comprobante que se utiliza para las facturas electrónicas y se constituye como un documento digital en formato XML. A través de éste, la información contenida en la factura es más segura, ya que no se puede manipular su contenido sin que sea detectado, también permite verificar la identidad del emisor; además, cada CDFI tiene registrado un identificador único, otorgado por un PAC.

Desde el 2011 era obligatorio para los contribuyentes facturar mediante el sistema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) o por medio de comprobantes impresos. Sin embargo, a raíz de la reforma fiscal, a partir del 31 de marzo de este año es obligatorio expedir comprobantes con CFDI para todas aquellas personas que tengan ingresos anuales superiores a 250 mil pesos. Las personas que no excedan esta cantidad, podrán seguir emitiendo facturas en papel.

La migración al CFDI no ocurrirá únicamente para las facturas electrónicas, sino que también, a partir del 31 de marzo todos los contribuyentes que pagan sueldos, salarios e ingresos asimilados (nómina) a sus trabajadores deben expedir CFDI de los pagos realizados.

Este año hay que tener en cuenta nuevas regulaciones y requerimientos de forma para no incurrir en sanciones. El CFDI se ha implementado debido a que de esta manera el SAT podrá cruzar información sobre ingresos y gastos, además de que en internet es más complicado ocultar transacciones sospechosas ya que todas ellas dejan algún tipo de huella, así que esta migración podrá ser de ayuda en la prevención de fraudes, así como evitar el lavado de dinero o el obtener ingresos de una fuente ilegal y mejorar la recaudación de impuestos.

El SAT ha brindado nuevas herramientas para poder cumplir con las obligaciones fiscales de modo que sea más sencillo para los contribuyentes. Éstas son:
•    “Mis Cuentas”: permite a las personas físicas emitir facturas electrónicas a través de su celular, haciendo la transacción de una forma fácil y rápida. Cabe mencionar que las facturas emitidas por este medio son completamente válidas y legítimas ante el SAT:
•       La herramienta de generación gratuita de CFDI disponible en el portal de internet del SAT.
•  Existen versiones gratuitas de facturación, que proveen los auxiliares de facturación autorizados, que pueden consultarse en el mismo portal.

Es importante migrar a tiempo al CFDI, ya que de lo contrario las actividades del negocio se podrán ver afectadas, ya que a partir de abril las transacciones no se podrán validar con las facturas, lo que podría generar una pérdida de clientes y posibles problemas fiscales.



Bibliografía

Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Obtenido el día 26 de marzo del 2014, desde http://imcp.org.mx/publicaciones/noticias-fiscales-2013-62-sat-a-partir-de-2014-todos-los-contribuyentes-que-utilizan-el-esquema-cfd-deberan-sustituirlo-por-el-cfdi-para-la-emision-de-sus-facturas-electronicas#.UzOJlvl5NqV
Edicomgroup. Obtenido el día 26 de marzo del 2014, desde http://www.edicomgroup.com/es_MX/solutions/einvoicing/what_is.html Dofiscal Thomson Reuters. SAT, Comunicado de prensa 038/2014. Obtenido desde el boletín el día 26 de marzo de 2014.






Contaduría al día, por Mercedes Larrinaga Márquez
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viernes, 21 de marzo de 2014

La declaración anual, por Mercedes Larrinaga Márquez @Mercedes_lm


La declaración anual
EL 31 de marzo se vence el plazo para que las personas morales presenten su declaración anual. El no cumplir con esta obligación puede incurrir en multas de entre 1,100 y 22,500 pesos, además de que se pueden tener recargos o inclusive cárcel para los contribuyentes que omitan por más de 12 meses presentar sus declaraciones definitivas.

Las modificaciones que surgieron de la entrada en vigor de la reforma hacendaria son aplicables a partir del 2014, por lo que para el ejercicio del 2013 aún permanecen los lineamientos anteriores. Para poder presentar la declaración anual, las empresas deben descargar el programa electrónico DEM 2013 (Declaración Anual de personas morales), que se encuentra en el portal de internet del SAT. Otro de los requisitos a cumplir, es tener el balance general al 31 de diciembre del 2013, la conciliación contable-fiscal y pagos y declaraciones provisionales o definitivas correspondientes al ejercicio. Además, se debe contar con los documentos de trabajo con los que se hicieron los cálculos de los pagos, la Fiel, constancia de percepciones, retenciones y constancia de recaudación del IDE. Estos documentos son necesarios para capturar la información en un formulario para su envío.

Una vez tramitados los documentos, el SAT mandará un acuse de recibo con sello digital, si resulta un impuesto a favor el proceso finaliza. En caso de que hubiera impuesto por pagar se debe realizar la transferencia electrónica en el portal del banco autorizado.

Por otra parte, las personas físicas están obligadas a presentar su declaración anual antes del 30 de abril si percibieron ingresos acumulables mayores a 400,000 pesos. Para poder ingresar al portal del SAT con esta finalidad, el contribuyente debe contar con RFC y contraseña.

Este año, con el objetivo de facilitar la declaración de las personas físicas, el SAT creó una aplicación para obtener de una forma rápida y sencilla el posible saldo a favor del impuesto. Muchos contribuyentes se han visto beneficiados de esta práctica, ya que se han devuelto cerca de 63.2 millones de pesos a las personas asalariadas que presentaron su declaración entre el 26 de febrero y el 9 de marzo.

Algunas de las deducciones que se pueden tomar en cuenta, y que, en caso de que sean mayores a los ingresos resultaría en un saldo a favor son, entre otras, gastos por honorarios médicos y dentales, pago de colegiaturas, primas de gastos médicos mayores, intereses por créditos hipotecarios y donativos hechos a instituciones autorizadas.

Es importante que los contribuyentes acudan a un contador público al momento de realizar su declaración anual, ya que es una forma de prevenir posibles errores al momento de llenarla, además de que se cuenta con el apoyo de un profesional en caso de que surgiera algún problema. Así mismo es aconsejable consultar a un asesor fiscal a lo largo del año de modo que se pueda hacer una planeación fiscal adecuada, para evitar incurrir en posibles fraudes o errores que implicarían sanciones ante la autoridad.

Bibliografía


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    viernes, 28 de febrero de 2014

    Herramientas electrónicas para la facturación, por Mercedes Larrinaga Márquez @Mercedes_lm

    Herramientas electrónicas para la facturación

    A más tardar el 1 de abril del 2014, todos los profesionistas, incluidos aquellos que emitían comprobantes fiscales impresos con Código de Barras Bidimensional (quienes además percibían ingresos anuales menores a 500 mil pesos), deberán emitir facturas electrónicas sin excepción. De no hacer el cambio en el tiempo estipulado, los contribuyentes podrían experimentar consecuencias negativas, tales como sanciones impuestas por el gobierno o la pérdida de clientes, ya que ahora la autoridad, a través de la facturación electrónica, va a poder cruzar información respectiva a ingresos y gastos.
    Existen diversas formas de incorporarse a la facturación electrónica, pero para todas ellas es necesario considerar el régimen fiscal del contribuyente que migrará a las facturas digitales, el nivel de ingresos y el número de facturas que requerirá. Para poder emitirlas, será necesario contar con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente. Anteriormente era necesario tener un certificado de sello digital (CSD), sin embargo la autoridad ha facilitado el proceso por lo que éste ya no será obligatorio para las personas físicas.
    Las facturas electrónicas únicamente pueden ser emitidas por un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), o bien, directamente en el sistema gratuito de facturación del SAT. Los PAC son empresas auxiliares del SAT en el proceso de facturación electrónica y es necesario contratar su servicio cuando el nivel de facturas requerido es muy alto, o cuando es conveniente tener un servicio de soporte de software y almacenamiento de los documentos fiscales. En México existen 77 PAC y todos ellos cuentan con un servicio gratuito. La lista de los proveedores autorizados se encuentra en la página de internet del SAT.
    Como parte de las novedades tecnológicas para emitir las facturas, el SAT ha diseñado una aplicación para utilizar desde el celular. El nombre de la misma es “Mis Cuentas”, herramienta desde la cual se podrán realizar el registro de ingresos y gastos, que sirve para cumplir con obligaciones fiscales.
    La aplicación está disponible para el sistema Android y tiene las mismas funciones que el sistema del portal de internet del SAT que lleva el mismo nombre. La herramienta está disponible para personas físicas registradas ante el SAT en Actividad Empresarial, Servicios Profesionales, Arrendamiento, o en el Régimen de Incorporación Fiscal.
    La aplicación tiene el beneficio adicional de que la facturación y registro de ingresos realizado, se utilizará para llenar la declaración de impuestos, misma que será automatizada.
    Según estadísticas, al cierre del 2013 había cerca de 2.83 millones de contribuyentes que emitían comprobantes de código de barras bidimensional y 109,593 que facturaban por cuenta propia. Todas estas personas deberán migrar a la facturación electrónica a modo de que puedan seguir realizando sus actividades de acuerdo con la normatividad vigente y evitar posibles consecuencias futuras con la autoridad.
    Bibliografía
    CNNExpansión. Sección Finanzas Personales. CNNExpansión. Obtenido el día 26 de febrero de 2014, desde http://www.cnnexpansion.com/mi-dinero/2014/02/24/facturas-electronicas-desde-tu-celular
    2 SOTO, Gonzalo. Sección Negocios. Reforma. Obtenido el día 26 de febrero de 2014, desde la versión impresa.


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    viernes, 21 de febrero de 2014

    Sube el precio de productos por arriba de la inflación, por Mercedes Larrinaga Márquez @mercedes_lm

    Sube el precio de productos por arriba de la inflación

    Como consecuencia de la aplicación del impuesto de 8% a los productos de alto contenido calórico (por cada 100 gramos aporten 275 kilocalorías o más) y de un peso por litro a las bebidas azucaradas, las empresas han incrementado en grandes porcentajes el precio de sus artículos. Por ejemplo, las galletas, subieron hasta 22.3%, algunos refrescos 29%, el pan dulce entre 5% y 10%, y el alimento para mascotas 20%.
    Estos aumentos van muy por encima de la inflación registrada en el mes de enero que fue de 4.48%, superando también el incremento en el salario mínimo de 3.9%, situándose en $67.29.

    De acuerdo con estudios realizados, de los recursos destinados a la alimentación en los hogares a nivel nacional, cerca de 45.5% se gasta en refrescos, cifra que alcanza el 50.6% en los hogares de bajo nivel socioeconómico. Esta cifra es alarmante, y de no disminuirse el consumo de esta bebida, los mexicanos gastarán 385 pesos más en refrescos. Es por esto que la consultora Kantar Worldpanel considera que los consumidores van a reaccionar a estas alzas comprando marcas más económicas, o consumiendo mayores cantidades de productos a granel. Así mismo, el grupo financiero Ve por Más estimó que el consumo nacional de refrescos tendrá una disminución de entre 3% y 7%.

    Sin embargo, la economía de los ciudadanos no es la única que se verá afectada por estos incrementos en los precios. Algunas empresas han decidido reformular sus productos, o bien, crear presentaciones más pequeñas de los mismos para mitigar la posible disminución en el consumo. Por ejemplo, Coca Cola y Pepsi han previsto lanzar versiones de 250 mililitros de sus refrescos a un precio de cinco pesos.

    Otra empresa que no ha perdido tiempo en buscar una solución a estos cambios es Nestlé. El presidente de la compañía en México, Marcelo Melchior, dijo que se reformularán algunos de sus productos y presentaciones, además de que buscarán trasladar de forma gradual los aumentos de precios al consumidor. A pesar de esto, el representante reconoció que los nuevos gravámenes impactarán a 13% de su portafolio de productos. Para mitigar esta situación, la empresa ha decidido realizar inversiones a largo plazo que le permitan continuar con sus planes estratégicos para México en el futuro. Nestlé cuenta con tres tipos de inversiones principales en el país: fábrica de alimentos para mascota, alimentos infantiles y cereales. En el caso de alimentos para mascota, Nestlé pretende impulsar el crecimiento aumentando un 50% más de producción. Esto a pesar de que este producto es ahora gravado con un 16% de IVA.


    Las nuevas reformas continúan impactando los ingresos y gastos de aquellos que conforman la sociedad mexicana. El mundo ha visto con buenos ojos las reformas impulsadas por el presidente Enrique Peña Nieto, sin embargo, los nacionales están sufriendo las consecuencias de las mismas, viendo afectado su patrimonio sin aparentemente recibir beneficios a cambio.

    Bibliografía
         CANTERA, Sara. Sección Economía. CNNExpansión. Obtenido el día 19 de febrero de 2014, desde http://www.cnnexpansion.com/economia/2014/02/18/productos-suben-hasta-20-por-impuestos
         SANTA RITA, Ilse. Sección Empresas. El Financiero. Obtenido el día 19 de febrero de 2014, desde http://www.elfinanciero.com.mx/empresas/nestle-enfrentara-impuestos-con-reformulacion-de-productos.html

    Mercedes Larrinaga Márquez
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